Pero sin duda, el caso que resalta por encima de todos es el de la obra social de España en América. A partir de las disposiciones del codicilo del testamento de Isabel la Católica, totalmente orientado hacia la evangelización y la promoción humana, social y cristiana de los indios, y en el que prohibió que se les esclavizase, se fue gestando el “Derecho Indiano” o “Leyes de Indias”, principalmente con las “Leyes de Burgos” de 1512 y las “Leyes Nuevas” de 1542. Constituyó en gran medida un auténtico Derecho Laboral muy avanzado para la época, gracias a su inspiración católica, asumida de lleno por la Corona española o “Monarquía Hispánica” (su nombre oficial era el de “Monarquía Católica”).
Los grandes teólogos y juristas españoles del siglo XVI, muy en especial el dominico P. Francisco de Vitoria, fueron los creadores del Derecho Internacional o “Derecho de Gentes” a raíz de la conquista americana y del problema que los reyes de España se plantearon: ¿era lícita tal empresa de conquista y colonización? Esto fue realmente un caso insólito en la Historia, pues hasta entonces ninguna potencia conquistadora y colonizadora se había cuestionado la legitimidad de tales acciones ni los posibles derechos de los pueblos sometidos a su dominio. Y este avance moral que España protagonizó con tal planteamiento, no fue imitado ni asumido paralelamente por las otras naciones conquistadoras y colonizadoras de la Edad Moderna: desde luego, no lo fue por los Estados protestantes, como Holanda o Inglaterra, cuyo concepto de superioridad racial no dejaba lugar a cualquier tipo de consideración hacia los derechos de los pueblos dominados, aun cuando holandeses e ingleses criticasen a España por una supuesta actitud brutal hacia los indios americanos, a partir de las falsedades que el también dominico Fray Bartolomé de las Casas había contado en su Brevísima relación de la destrucción de las Indias y que las potencias enemigas de España hicieron suyas con fines políticos y propagandísticos. Hay que reconocer que las intenciones del P. Las Casas eran sin duda buenas y tuvieron en parte efectos positivos: reacción de los reyes españoles en pro de los indios y promulgación de leyes a su favor; pero los medios que utilizó fueron en gran medida moralmente ilegítimos (exageraciones y mentiras a sabiendas) y produjeron también efectos negativos, sirviendo de fundamento para la creación de la “Leyenda Negra” antiespañola por parte de los enemigos de España.
No obstante, tan grande fue la cuestión de conciencia que los reyes españoles se plantearon y tanto fue el respeto que los reyes y gobernantes españoles mostraron hacia el parecer de los teólogos y en concreto hacia personas como el P. Las Casas, que siendo regente de Castilla el cardenal Cisneros le llegó a nombrar “Protector de los Indios”, recién creado el cargo. Grande fue también la influencia ejercida algo antes por los duros sermones del también dominico Fray Antonio de Montesinos en la ciudad de Santo Domingo, denunciando valientemente los abusos contra los indios por parte de algunos encomenderos. Al regresar a España para informar de su predicación, acabó motivando que se reunieran las Juntas de Burgos de 1512, en las que se dieron las primeras “Leyes de Indias”. Por otro lado, este fraile provenía del convento de San Esteban de Salamanca, del que saldrían asimismo otros muchos misioneros al Nuevo Continente; las noticias llevadas por boca o por carta de los misioneros al convento salmantino influirían poderosamente en la gestación del pensamiento americanista y del “Derecho de Gentes” del P. Francisco de Vitoria, fraile de esa comunidad.